VICENTE TOVAR ABOGADOS: ¿COMPRASTE TU COCHE ENTRE 2007 Y 2013?
El Tribunal Supremo, ha ido ratificando desde mediados de este año una a una las multas millonarias impuestas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a las principales marcas automovilísticas por crear un cártel para el intercambio de información.
Los principales puntos a tener en cuenta son:
- Se podrá reclamar tanto a concesionarios como a fabricantes.
- Las cantidades a reclamar rondarán los 2.000 y 9.000 euros (entre el 10% y el 15% del precio de adquisición del vehículo).
- No solo pequeños compradores, también pueden reclamar los propietarios de grandes flotas de coches, taxistas, las empresas de VTC o de renting.
- Se necesitará un informe pericial.
- La documentación mínima necesaria para reclamar sería:
- La factura de adquisición del vehículo o la póliza suscrita con la entidad financiera en caso de leasing o contrato de renting
- Ficha técnica del vehículo
- Permiso de circulación del vehículo
- Informe pericial que justifique el perjuicio sufrido. Básicamente el precio pagado de más.
- Poder general para pleitos.
- El plazo de prescripción es de cinco años desde que se sancionó por esta práctica desleal.
- No todas las marcas participaron todo el tiempo en el cártel y no se les puede reclamar por los años que estuvieron ausentes.