TOLENTINO ABOGADOS. BREXIT: RESIDENCIA PARA BRITÁNICOS Y SUS FAMILIARES EN ESPAÑA
El 31 de enero del 2020, se concretó oficialmente la retirada del Reino Unido de la Unión Europea (BREXIT). Esta decisión causó incertidumbre entre los ciudadanos británicos que residen en territorio español. Como respuesta, la Administración estableció, a través de un convenio, un periodo de transición con la finalidad de regularizar la situación migratoria de dichos extranjeros.
El periodo transitorio tiene previsto terminar el 31 de diciembre de 2020. El acuerdo establece que los ciudadanos provenientes de Reino Unido, y sus familiares, que han residido y trabajado en territorio español como ciudadanos comunitarios continuarán gozando de sus derechos durante la transición. A partir de la expiración de este período se considerarán como nacionales de terceros países.
Tarjetas de residencia en España para ciudadanos británicos y sus familiares
Los nacionales del Reino Unido que requieran permanecer en territorio español tendrán que gestionar una Tarjeta de Identidad de Extranjero. Para ello, la Dirección General de Migraciones, ha publicado una instrucción que determina el procedimiento de expedición de documentos de residencia a ciudadanos del Reino Unido. Las solicitudes de documentos se empezaron a tramitar desde el pasado 6 de julio.
La instrucción define varios supuestos para que los ciudadanos del Reino Unido puedan actualizar su situación migratoria en base al acuerdo de retirada:
- Ciudadano del Reino Unido, titular de un certificado UE, que no ha alcanzado los cinco años de residencia legal en España
- Ciudadano del Reino Unido, titular de un certificado UE, que sí ha alcanzado los cinco años de residencia legal en España
- Ciudadano del Reino Unido titular de un certificado UE permanente
Aquellos extranjeros que se encuentren en una de estos supuestos podrán solicitar personalmente, ante las dependencias policiales establecidas, la expedición del documento de residencia que tendrá una validez de 5 o 10 años, respectivamente.
- Ciudadano del Reino Unido sin certificado UE
Podrá presentar la solicitud del documento de residencia, personalmente o a través de su representante, en la oficina de extranjería de la provincia en la que resida o pretenda fijar su residencia, o mediante medios electrónicos.
En el caso de los familiares de ciudadanos británicos que posean o no una tarjeta de residencia como familiar comunitario, de igual manera podrán solicitar a través de las dependencias administrativas correspondientes la respectiva Tarjeta de Identidad de Extranjero. De esta forma podrán mantener sus derechos de residencia, trabajo, estudios y seguridad social.
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