Manual de instrucciones contra las insolvencias
Los expertos aconsejan actuar ante el mínimo atisbo de problemas financieros para evitar males mayores.
La normativa concursal es compleja para los profanos, pero rica en soluciones que los expertos en insolvencias saben utilizar. Estas reglas de juego cambian continuamente, tanto por las sucesivas modificaciones legislativas como por el tipo de problema y el momento en que se pueda o decida actuar. En principio, solo las empresas que están sumergidas en una situación de insolvencia actual o inminente —según si la imposibilidad de cumplir las obligaciones exista ya o se prevea para los tres meses siguientes, respectivamente— pueden acudir al concurso de acreedores. Pero la última reforma concursal anticipa soluciones al añadir el concepto de probabilidad de insolvencia para los casos en que sea objetivamente previsible que el deudor no pueda “cumplir regularmente obligaciones que venzan en los próximos dos años”. La ley anima a los empresarios a preconcursar, esto es, a negociar con sus acreedores un plan de reestructuración que permita superar las dificultades.
La reforma concursal, en vigor desde enero, trae importantes novedades para los propietarios que atraviesan dificultades económicas. Por un lado, destaca Manuel Gordillo, socio de litigación, arbitraje y concursal en Abencys, estar en la cuerda floja por probabilidad de insolvencia ya no es sinónimo de haber llegado a un punto de no retorno. Por otro, el experto advierte de la posición de “vigilancia especial en la que probablemente colocará a las empresas frente a las entidades financieras”.
En ese sentido, Albert Díaz, asociado y abogado en DWF-RCD, entiende que todos los operadores involucrados en el preconcurso, incluidos los bancos, deberían revisar sus políticas para poder ser partícipes activos en ellas. “Monitorizar y preparar la reestructuración con un plazo de dos años es el escenario ideal”, declara, aunque admite que es complicado convencer de ello a los empresarios, sobre todo a las pymes, salvo en casos muy concretos, como, por ejemplo, cuando tengan vencimientos de créditos en esa fecha. De hecho, una de las dudas que el tiempo desvelará es si las reestructuraciones servirán para las pequeñas empresas, o solo para las medianas y grandes, puntualiza Gordillo.
Para sobrevivir cuando acechen nubarrones de tormenta, María Elisa Escolá, abogada y directora del área legal de BDO, aconseja contar con un buen plan de estrategia y reestructuración porque “es vital” para afrontar el procedimiento de insolvencia, especialmente en los momentos de cambios normativos. Una de las pegas que están encontrando los expertos en insolvencia, señala Escolà, es el peso de los créditos con avales ICO en los pasivos a reestructurar. La abogada explica que los planes de reestructuración deben ser votados para alcanzar mayorías que los aprueben, pero la normativa sobre cómo deben votar los bancos que gestionaron esos avales es compleja y confusa, dificultando su participación. Además, añade, la nueva posibilidad de formar clases de acreedores (por ejemplo, financieros o comerciales) que voten por separado y arrastren e impongan sus acuerdos a otras clases no conformes, convierte estas votaciones en “una especie de tetris”.
Cambio de mentalidad
Todos los expertos coinciden en la relevancia y conveniencia de adoptar medidas ante el menor atisbo de insolvencia. Sin embargo, admiten que en la práctica aún no ocurre así y los deudores acuden tarde a sus despachos. “La anticipación precisa un cambio de mentalidad que llevará tiempo conseguir”, vaticina Gordillo, quien expone que, de hecho, “están acudiendo al concurso sin masa, sobre todo, empresarios que se acogieron a la moratoria concursal y han visto que no pueden seguir adelante”.
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Rosa Castro