Las 5 claves para entender la Ley Crea y Crece

Las 5 claves para entender la Ley Crea y Crece

El pasado 19 de octubre de 2022 entró en vigor la Ley 18/2022, más conocida como la Ley Crea y Crece. En este artículo vamos a resumir su contenido, indicando los aspectos clave de esta Ley.

1) Constitución de sociedades por 1€ de capital social.

La principal novedad de esta Ley es la posibilidad de constituir una empresa por 1 €. Sin embargo, esta inclusión tiene dos particularidades:

a) Debe destinarse a reserva legal al menos el 20 % del beneficio de la sociedad hasta que la suma de la citada reserva legal más el capital social alcance la cantidad de 3.000 €.

b) En caso de liquidación de la sociedad, si el patrimonio fuese insuficiente para satisfacer las obligaciones de la mercantil, los propios socios responderían solidariamente de la diferencia entre la cantidad de 3.000 € y la cifra suscrita de capital social.

gráfico de claves de la ley crea y crece

Por ello, y pese a que con esta Ley Crea y Crece es posible constituir una sociedad con 1 €, el espíritu de la norma va encaminado a que los socios acaben aportando un mínimo de 3.000 € de capital social.

2) Eliminación de las sociedades en régimen de formación sucesiva y las sociedades limitadas nueva empresa.

Se suprimen las sociedades en régimen de formación sucesiva y las sociedades limitadas nueva empresa. Esta supresión obedece a que la sociedad en régimen de formación sucesiva apenas ha sido utilizada, mientras que las sociedades limitadas nueva empresa se eliminan debido a que sus ventajas en cuanto a rapidez de constitución se han visto superados por la aplicación del Documento Único Electrónico (DUE) en la constitución de la sociedad limitada ordinaria.

3) Se impulsa la utilización del sistema de tramitación telemática Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) y el Documento Único Electrónico (DUE).

En la actualidad, CIRCE permite la constitución telemática de una sociedad de responsabilidad limitada, a excepción del trámite notarial.

En esta Ley Crea y Crece se establece que, una vez entre en vigor la transposición de la Directiva (UE) 2019/1151, la constitución de sociedades de responsabilidad limitada de manera telemática se realizará por la Notaría a través del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), y estará sujeto a los plazos, aranceles y demás requisitos previstos en la regulación de CIRCE.

Con ello se consigue constituir sociedades de responsabilidad limitada mediante escritura pública con un formato estandarizado, acortando así su plazo de constitución.

4) Imposibilidad de obtener subvenciones si se incumplen plazos de pago.

Otro de los aspectos clave de esta Ley 18/2022 es la imposibilidad de obtener subvenciones por un importe superior a los 30.000 € para las empresas que incumplan los plazos de pago previsto en la Ley 3/2004. Recordemos que estos plazos de pago alcanzan los 30 días naturales tras la recepción de mercancías o prestación de servicios si no se estipula plazo alguno, pudiendo ampliar dicho plazo hasta los 60 días naturales por acuerdo entre las partes.

5) Obligación de facturación electrónica.

La Ley Crea y Crece establece, como norma general, la obligación para todos los empresarios y profesionales de expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales, lo cual entrará en vigor en los siguientes plazos:

a) Un año después de aprobarse su oportuno desarrollo reglamentario para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a 8 millones de euros.

b) Dos años después de aprobarse su desarrollo reglamentario para el resto de los empresarios y profesionales.

Sin embargo, esta obligación de facturación electrónica se encuentra supeditada a la obtención de la excepción comunitaria a los artículos 218 y 232 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo.

Por ello, dado que la obligación de establecer facturación electrónica se encuentra pendiente de obtener una excepción comunitaria, un posterior desarrollo reglamentario y el transcurso de uno o dos años desde la aprobación del citado desarrollo reglamentario, entendemos que a esta obligación de establecer la facturación electrónica todavía le quedan muchos años para su entrada en vigor.

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