IBERCAJA. RECOMENDACIONES FISCALES DE FINAL DE AÑO

IBERCAJA. RECOMENDACIONES FISCALES DE FINAL DE AÑO

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Como cada año, es el momento de echar un vistazo atrás, revisar el ejercicio fiscal que está a punto de terminar y analizar si se pueden tomar medidas para reducir el impacto de nuestra declaración de la renta de 2020. Como esperemos a la campaña de presentación de la renta (de abril a junio de 2021) ya iremos tarde, porque cualquier actuación de las que os vamos a proponer se tiene que haber realizado antes de 31 de diciembre.

Este año es especialmente importante por las novedades que se recogen en el Proyecto de la Ley de Presupuestos para 2021, ya que se prevé una subida generalizada en el IRPF para 2021.

Así, ante una previsible subida de tipos de las rentas del trabajo, la aportación a los planes de pensiones permite reducir la tributación del tramo más alto al que se esté tributando, con las ventajas adicionales de que todo lo aportado no se incluirá en la declaración del Impuesto sobre Patrimonio, ni en el futuro formará parte de la masa hereditaria de la herencia.

Hay que tener en cuenta que los planes de pensiones no sólo se pueden rescatar en el momento de la jubilación, sino que también cubren la contingencia de fallecimiento, discapacidad y dependencia severa o gran dependencia. Además, el Proyecto de la Ley de Presupuestos incluye una reducción de la aportación máxima de los planes de pensiones, de los 8.000 euros actuales a 2.000 euros, por lo que este año puede ser la última oportunidad de reducir el importe máximo de 8.000 euros con las ventajas comentadas.

También es importante repasar las pérdidas de los últimos 4 años, por si es interesante realizar alguna ganancia patrimonial antes de que prescriba la posibilidad de poder compensarlas.

Además, en temas fiscales, la edad corre a nuestro favor. Las personas mayores de 65 años pueden vender su vivienda habitual sin tributación en IRPF (puede que haya que pagar plusvalía municipal) y si se vende otros activos como inmuebles, acciones, fondos de inversión, etc… se puede dejar sin tributar hasta 240.000 euros, en caso de contratar un seguro de renta vitalicia dentro de los 6 meses siguientes.

Si se quiere ayudar a algún hijo, si las donaciones se efectúan antes de 31 de diciembre, se puede rebajar la factura fiscal del Impuesto sobre Patrimonio o del IRPF (imputación de rentas inmobiliarias en caso de donación de inmuebles). Hay que tener en cuenta, no obstante, que al donante se le genera una ganancia patrimonial por la diferencia del valor de mercado de lo donado y su precio de adquisición, por lo que conviene repasar si se puede realizar alguna pérdida antes de fin de año que compense dicha ganancia. Si la donación le genera una pérdida al donante, no podrá compensarla con ganancias patrimoniales. Además, si se quiere conservar el control y los rendimientos de lo donado, existen fórmulas jurídicas para conseguirlo, como por ejemplo donar sólo la nuda propiedad y conservar el usufructo de lo donado.

Si la compra de la vivienda habitual se hizo antes del 1 de enero de 2013, se puede continuar aplicando la deducción del 15% hasta 9.040 euros por la amortización de la hipoteca o préstamo, por lo que igual te interesa amortizar una cantidad adicional antes de final de año.

Por último, las donaciones a Entidades sin fines lucrativos, están premiadas con una deducción muy importante de hasta el 75% (los primeros 150 euros donados).

Desde Ibercaja Banco tratamos de ayudar a nuestros clientes de Banca Privada a planificar todo su patrimonio, para que puedan disfrutar de una buena jubilación y que la transmisión del patrimonio a las siguientes generaciones se realice de la mejor manera posible.

 

Contacto:

Juan Linares Muñagorri

Responsable de Asesoría Fiscal para Banca Privada y de Negocios en Ibercaja Banco

 

Más información:

https://vamoscontufuturo.ibercaja.es/

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