MONTERO ARAMBURU. EL 17 DE FEBRERO ENTRÓ EN VIGOR LA CIRCULAR 1/2022, DE LA CNMV, RELATIVA A LA PUBLICIDAD SOBRE CRIPTOACTIVOS PRESENTADOS COMO OBJETO DE INVERSIÓN
El pasado 17 de febrero entró en vigor la Circular 1/2022, de 10 de enero, de la CNMV, relativa a la publicidad sobre criptoactivos presentados como objeto de inversión. Esta disposición desarrolla las normas, principios y criterios a los que debe someterse la actividad publicitaria sobre la inversión en estos activos virtuales.
Las ofertas deberán tener un contenido claro, equilibrado, imparcial y no engañoso, e incluir información sobre los riesgos inherentes a este tipo de inversión. La norma también fija las herramientas y procedimientos de supervisión de la actividad publicitaria, entre los que está el otorgamiento a la CNMV de la facultad para ordenar la suspensión o corrección de las campañas que no se ajusten a lo dispuesto en la circular, sin perjuicio de la potestad de este organismo de aplicar, en su caso, sanciones. La regulación no alcanza a todos los activos digitales, sino sólo a aquellos presentados como objeto de inversión y que no se encuentran ya regulados, en espera de la aprobación del reglamento europeo ”MiCA” (“Markets in Crypto-Assets”). En particular, se excluye expresamente la regulación de los criptoactivos que tengan la consideración de instrumentos financieros, los “utility tokens” y los “tokens no fungibles”, entre otros. #monteroaramburualdia
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